Perú Católico, líder en noticias.- Ha sido el primer campanazo. El pasado 23, un Juzgado de Lima dictó una medida cautelar que permite distribuir gratuitamente, en los Centros de Salud Pública del Perú, la denominada píldora del día siguiente (PDS). Además, emplaza al Ministerio de Salud a que ejecute dicha medida en un plazo máximo de 30 días, plazo que suele ser bastante más largo.

Llama poderosísimamente la atención que una demanda que tenía unos tres años en proceso; desestimada en primera instancia; interpuesta por una ciudadana -dizque iniciativa personal, pero apoyada por PROMSEX-;  que repugna un sentido   jurídico elemental (al contravenir una sentencia del Tribunal Constitucional, sin nuevos datos o pruebas); y en la que el demandado -más satisfecho quizá que el demandante- festine el cumplimiento de la misma; se haya resuelto antes de que transcurran treinta días del estrenado gobierno de Pedro Pablo Kuczynski. Habría que añadir el beneplácito demostrado y declarado de tres ministras de Estado: Patricia García (Salud), Ana María Romero (Mujer y PP. VV.) y Marisol Pérez Tello (Justicia).

Escribí un artículo sobre este fármaco el 2 de noviembre de 2009, poco después de que el TC declarara inconstitucional su distribución gratuita. Han pasado casi 7 años y no hay datos que impidan seguir afirmando el efecto abortivo de la PDS. PLAN B, una marca que la distribuye, afirma que actúa de tres maneras: i) Detiene la liberalización de un óvulo desde el ovario. ii) Evita la fertilización de un óvulo. iii) Evita la anidación del embrión en el útero (efecto abortivo). El anticonceptivo impide la concepción (fecundación del óvulo por el espermatozoide). Pero la PDS no solo hace eso, sino que su tercer efecto, ya mencionado, consiste en impedir que el embrión continúe su desarrollo y  vida. Por eso, es una media verdad llamarlo “anticonceptivo oral de emergencia (AOE)”.  Su nombre es PDS, no AOE, y causa abortos embrionarios, al impedir su implantación.

Se engaña desinformando u ocultando informaciones fundamentales. i) Que no es abortiva puesto que el embarazo ocurre en el momento de la implantación. El embarazo se puede detectar a partir de la implantación, pero la vida inicia con la fecundación, en la concepción; esta es una observación científica. Juegan con las palabras de un modo infame. ii) A propósito de los que sostienen que se discrimina a las mujeres pobres que no tienen dinero para adquirirla, en el referido artículo escribí: “Más bien, en línea de coherencia racional, exhortamos a los poderes del Estado a que también se prohíba su comercialización”. iii) En muchos países -en el nuestro-, la PDS se expende sin receta médica. Estas píldoras contienen una cantidad de hormonas 10 a 20 veces más que la píldora anticonceptiva diaria. Ocultan que no se debe utilizar habitualmente, pues produce graves y frecuentes trastornos menstruales, dolor de cabeza, problemas vasculares, etc. iv) Muchas investigaciones han demostrado, con gran evidencia, que tampoco reduce los embarazos no deseados o los abortos en términos reales.

Empezó pronto PPK. Espero equivocarme y que sea una maniobra de sus ministras oenegientas. De lo contrario, en este gobierno liberal, las batallas de este tipo habrán empezado muy pronto.

 

Edwin Heredia Rojas

Arequipa, 5 de septiembre de 2016