Dato cuarentena: lista oficial de actividades que están permitidas durante el confinamiento

Entre las actividades permitidas durante las 06.00 a.m. y 6:00 p.m. están:

Alimentos:

  • Servicios de venta, producción y abastecimiento de alimentos.

Farmacéuticos:

  • Servicios de venta, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

Agricultura:

  • Todas las actividades de agricultura, pecuario, caza y silvicultura, insumos y servicios conexos.

Pesca y acuicultura:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Construcción:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística).
  • Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.

Servicios públicos:

  • Evacuación de aguas residuales.
  • Tratamiento de agua potable, residuales y evacuación.
  • Captación, tratamiento y distribución de agua.
  • Actividades de prevención de riesgos de desastres.
  • Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.
  • Limpieza y recojo de residuos sólidos.
  • Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios de reciclaje.
  • Actividades de envase y empaque.
  • Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
  • Servicios de almacenamiento en general.
  • Actividades para la organización de procesos electorales.
  • Actividades de transporte para la continuidad de servicios públicos (agua saneamiento, gas, entre otros).

Servicio técnico:

  • Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
  • Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo.
  • Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.
  • Servicios notariales.

Servicio profesional:

  • Actividades jurídicas. Las entrevistas de abogados defensores con personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios se realizan virtual o telefónicamente, con arreglo a Ley.
  • Ensayos y análisis técnicos para las actividades económicas permitidas.
  • Investigación, innovación y desarrollo experimental relacionadas a las actividades económicas permitidas.
  • Actividades de las sedes centrales.
  • Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados.
  • Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata.

Salud:

  • Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.

Finanzas:

  • Entidades financieras, seguros y pensiones y actividades conexas.

Transporte:

  • Actividades de servicios vinculadas al transporte férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluye cabotaje.
  • Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, incluye cabotaje.
  • Transporte de caudales.
  • Servicio de transporte terrestre regular de ámbito provincial.
  • Servicio de transporte terrestre especial de personas en la modalidad de taxi.
  • Servicios de transporte terrestre de trabajadores en todos los ámbitos.
  • Servicio de transporte terrestre de personas en vehículos menores.
  • Servicios de transporte.

Transporte aéreo:

  • Actividades aeronáuticas no comerciales.
  • Actividades relacionadas al transporte aéreo.
  • Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo.
  • Traslado aéreo desde y hacia el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, no incluye a los departamentos de Huánuco y Junín.

Carga:

  • Transporte de carga, mercancías, encomiendas, mudanzas y caudales, en todas sus modalidades y actividades conexas.

Seguridad:

  • Actividades de seguridad privada.
  • Actividades de servicio de sistemas de seguridad.»

Asistencia:

  • Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.

Comercio:

  • Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
  • Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
  • Servicios de transporte, distribución y venta de medios de comunicación impresos.
  • Entrega de inmuebles y servicios post venta.
  • Puntos de venta de servicios de telecomunicaciones ubicados en supermercados, mercados, bodegas y farmacias.»

Hoteles:

  • Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turísticos.
  • Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.

Minería:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Telecomunicaciones:

  • Medios de comunicación.
  • Actividades de centrales telefónicas, incluye call centers con 50% de aforo.
  • Servicios vinculados a telecomunicaciones (incluida la radiodifusión), como instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de redes para servicios públicos de telecomunicaciones.
  • Actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y satélite, otras actividades de telecomunicación y otras actividades de servicios de apoyo a las empresas NCP (como por ejemplo los proveedores de infraestructura pasiva).
  • Servicios de infraestructura en telecomunicaciones: instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura y redes para servicios públicos de telecomunicaciones.
  • Diseño, instalación, implementación, operación y mantenimiento de los proyectos públicos y privados de redes de telecomunicaciones y de infraestructura de radiodifusión.
  • Servicios de telecomunicaciones: con alcance a las empresas operadoras de telecomunicaciones, así como a los contratistas y proveedores de dichas operadoras; además, es aplicable para el trabajo administrativo en centrales de monitoreo-NOC, call centers, instalación de servicios o atención de averías, actividades de venta y delivery.»

Control:

  • Trabajo en el cumplimiento de las funciones de control vinculadas con la emergencia sanitaria por el COVID-19 en el marco de la Ley Nº 31016, se exceptúa al personal de la Contraloría General de la República, de los Órganos de Control Institucional, de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL ya los inspectores de trabajo de los Gobiernos Regionales.

Sector público:

  • Trabajo en el sector público y presto servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.

Comercio electrónico:

  • Trabajo en servicios de comercio electrónico para la venta de vestuario, calzado y electrodomésticos, así como provisión de libros, útiles escolares y artículos para oficina, con fines de educación y trabajo, debiendo cumplir las normas sanitarias que emite la Autoridad Nacional de Salud.

Hidrocarburos y energía:

  • Todas las actividades de hidrocarburos y energía, insumos y servicios conexos.

Manufactura primaria y no primaria:

  • Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

Asimismo, a través de su plataforma digital, el PCM indicó el grupo de actividades que puede realizar delivery:

  • Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamentos.
  • Restaurantes y afines.
  • Tiendas de abastecimientos de productos básicos, supermercados, bodegas y farmacias.
  • Actividades postales y de mensajería.

Las actividades que podrán aplicar este servicio de reparto durante las 24 horas son los restaurantes y las tiendas de alimentos, salud y medicinas.

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